Declarar rentas es una manifestación jurada que el contribuyente entrega a la administración tributaria y en ella se encuentra la información económica que necesita la administración al momento del contribuyente pagar el ISLR resultante de los cálculos basados en ley.
Es un trámite administrativo muy importante que todos, como ciudadanos y contribuyentes que somos con la obligación de contribuir al gasto publico, tenemos que pasar cada año. En algunos casos, nos dará alguna alegría; en otros, más de un disgusto.
Esta es una obligación que deben cumplirla también los representantes de las sociedades, tutores de menores y demás administradores de patrimonios ajenos y consorcios.
Hablemos de residentes y no residentes:
- Las personas naturales residentes que hayan ganado en el año mas de 1000 UT deben presentar declaración de rentas ante el fisco.
- Las personas naturales no residentes en el país deberán presentar declaración de rentas ante el fisco cualquiera sea el monto de sus enriquecimientos o perdidas obtenidas en el país, según el reglamento del ISLR.
De acuerdo con lo previsto en la LISLR, están obligados a presentar la declaración definitiva de rentas:
• Las personas naturales residentes en el país y las herencias yacentes que obtengan un enriquecimiento global neto anual superior a 1.000 U.T. o ingresos brutos mayores de 1.500 U.T.;
• Las personas naturales que se dediquen a la realización de actividades agrícolas, pecuarias,pesqueras o piscícolas a nivel primario y obtengan ingresos brutos mayores de 2.625 U.T.;
• Las personas jurídicas domiciliadas en el país y las asimiladas a ellas, independientemente del monto de sus enriquecimientos o pérdidas;
• Las personas naturales o jurídicas no residentes o no domiciliadas que obtengan algún enriquecimiento en el país, cualquiera que sea el monto del mismo; y,
• Las personas naturales o jurídicas domiciliadas o residenciadas en el extranjero, que tengan una base fija o establecimiento permanente en el país, sólo por los ingresos de fuente nacional o extranjera atribuibles a los mismos.
La Administración Tributaria tiene el derecho de exigir que algunos contribuyentes de rentas exentas declaren, solo con el objeto de controlar.
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