El ámbito de aplicación de la potestad aduanera es todo el territorio nacional y se entiende desde dos puntos de vista.
A) Material: es la porción de territorio político donde se aplica la legislación aduanera.
B) Formal: son las circunscripciones correspondientes a una aduana principal, la cual comprende toda la zona primaria inmediata o mediata como la zona secundaria.
Zona primaria inmediata: Es la zona donde los vehículos de transporte realizan sus operaciones de carga y descarga de mercancías.
Zona primaria mediata: conformada por los almacenes que se encuentran fuera de la zona primaria inmediata
Zona secundaria; Es todo el resto de la porción del territorio de la circunscripción aduanera que no constituye zona primaria.
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