Las declaraciones o manifestaciones que formule el contribuyente, ya sea de rentas, sucesión hereditaria, ivas, etc. se presumirán fielmente como la verdad, es decir, la ley asume que el contribuyente no miente, ademas comprometen a responsabilidad a quienes lo suscriben.
Sin embargo el articulo menciona que el contribuyente puede equivocarse, dándole la posibilidad de presentar la rectificación de la declaración. Esto tomando en cuenta que si ya existe algún procedimiento de fiscalización en curso el contribuyente tiene prohibido presentar una nueva declaración, la declaración que se admite debe ser espontanea.
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